SANTIAGO URIBE VELEZ, CONDENADO COMO PARAMILITAR A 28 AÑOS
“Dirigió un grupo criminal que hacía limpieza social”: los Uribe Vélez y implicaciones en el paramilitarismo.
El Tribunal Superior de Antioquia concluye que el hermano del expresidente, Álvaro Uribe, creó “Los 12 Apóstoles”, el Grupo Paramilitar de asesinatos selectivos en Antioquia en los noventa.
A estas alturas la verdad es que a uno le aburre escribir o hablar de la Familia Uribe Vélez y de sus claros nexos con el narcotráfico y el paramilitarismo. Entiende uno que la cosa es tan evidente que aquellos que lo cuestionan lo hacen n por ignorancia, sino para “justificar” el dominio político y social que, sobre todo Álvaro Uribe ejerció sobre la sociedad colombiana durante décadas.
Ya todo el país lo sabía, lo había sufrido de una u otra forma, pero ahora está blanco sobre negro en un fallo del Tribuna Superior de Antioquia, en Segunda Instancia, que lo condena porque concluye que el hermano del expresidente Álvaro Uribe creó Los 12 apóstoles, un grupo paramilitar que ejecutó asesinatos selectivos en Antioquia en los años noventa, el grupo llamado “Los 12 apóstoles, una organización paramilitar a la que se le atribuyen más de 300 asesinatos selectivos, desplazamientos, desapariciones o amenazas en cercanías al municipio de Yarumal (Antioquia)”.
En Primera Instancia Santiago Uribe había sido absuelto, una decisión que ahora el Tribunal Superior ha cuestionado afirmando que “conformó y dirigió un grupo armado ilegal que, desde la hacienda La Carolina (...), llevó a cabo un plan para asesinar y exterminar de forma sistemática a personas consideradas como indeseables”, por lo cual el Tribunal Superior cuestiona abiertamente el fallo que favoreció al hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez. “La primera instancia y la defensa optaron por el único recurso de aislar cada uno de los testimonios y atacar su credibilidad, siempre por separado”, se afirma.
En la decisión judicial se dice que “Los 12 apóstoles tomo su nombre de la docena de hombres (ganaderos, empresarios, policías y un sacerdote) que comenzaron a operar en 1992 en Yarumal, en el norte del departamento de Antioquia, bajo el nombre Autodefensas del Norte Lechero”. La familia Uribe Vélez, terrateniente y ganadera, tenía fincas en la zona. Álvaro era un “destacado político liberal” (etiqueta como cualquier otra) que define a una persona sin escrúpulos de ningún tipo.
Debemos recordar que Álvaro Uribe fue Gobernador del Departamento de Antioquia, entre 1995 y 1997, desde donde impulso e impuso la creación de las Convivir, “cooperativas privadas de seguridad”. Más tarde como presidente de la República (2002-2010), dice haber liderado una más que polémica “negociación (con sus propios hombres) con los principales Cabecillas de los Grupos Paramilitares, a los que dijo “desmovilizo”.
Como no podía ser de otra forma, estos reaccionario cuando siente la presión de la justicia sobre sus cabezas siempre intentan aparentar que se trata de “juicios políticos”, o de persecución por ser hermano de Álvaro Uribe. Los magistrados del Tribunal Superior de Antioquia han dejado claro que el juicio no se debe a ser hermano del expresidente, asunto que debió pesar en el Juez de Primera Instancia que lo absolvió y que abordo ese tema extensamente. El tribunal Superior abordando este asunto afirma que “es una obviedad que ese argumento fue una propuesta estratégica de la defensa, que no requería la trascendencia de problema jurídico que le otorgó la sentencia”.
“¿Motivaciones políticas?”
Los magistrados explican en el fallo condenatorio que “ese argumento, uno de los principales de la defensa durante más de tres años y medio de juicio, choca con la realidad de que las acusaciones en su contra son de vieja data. La primera declaración en su contra, del expolicía Alexander Amaya Vargas, se remonta a junio de 1996, cuando se dio la consolidación del grupo y cuando Álvaro empezaba su mandato en la Gobernación. Esta circunstancia descarta cualquier tipo de complot urdido por el testigo en contra del sindicado o de su círculo familiar, con miras a desacreditar su conducta o la de su hermano por sus responsabilidades políticas”, en relación al testimonio del Mayor, retirado, de la Policía, Juan Carlos Meneses.
Uribe Vélez aportó un testigo, José Gilberto Martínez Guzmán, que era policía en la zona a comienzos de los años noventa. En la valoración del Tribunal Superior se afirma que “su testimonio fue contradictorio y tenía la intención de minimizar la declaración de Meneses, una de las pruebas clave contra Uribe. Martínez hace parte de las piezas ofrecidas por la defensa con el fin de crear un escenario en el que se explique la sindicación de Santiago Uribe Vélez como parte de una especie de conspiración con el fin de desprestigiar a su hermano”, explican en el documento judicial, quien valora como hechos probados en el expediente desde la primera mitad de la década de los noventa. “En nada se relacionan con conspiraciones políticas o de esa naturaleza”.
El testigo clave “no tiene ningún matiz infantil”
En las apreciaciones de esta Segunda Instancia judicial, “el juzgado no tuvo en cuenta las declaraciones que apuntaban al papel central del ganadero en Los 12 apóstoles”. Esta Sala hace hincapié en el testimonio de Meneses, Comandante de la Policía de Yarumal en la época y pieza clave en el caso, quien ha aceptado haber apoyado al grupo paramilitar Los Doce Apóstoles. El Tribunal Superior reprocha al Juez de Primera Instancia haber demeritado su relato, para absolver a Santiago Uribe. “El juez pareció olvidar el contexto de lo ocurrido, en el que varios testigos fueron asesinados por el grupo criminal o fueron seriamente perseguidos por pertenecer al grupo o por conocer cualquier aspecto acerca de su temible accionar”.
Igualmente, el Tribunal descarta el argumento del Juez de Primera Instancia de que Meneses recibía beneficios por declarar en contra de Uribe. Al respecto afirma la Sala que “nada indica, con un mínimo de seriedad, que las afirmaciones del testigo tuvieran su origen en comodidades o recompensas, como las que especulativamente quiso mostrar el juez”.
La Sala del Tribunal destaca que la declaración de Meneses contiene detalles que “solo puede conocer quien participó o tuvo conocimiento directo de los hechos”, todo lo cual hace que se le otorgue un peso especial. Es importante destacar que el policía en retiro ha mantenido su versión, incluso desde el exilio y su relato permite comprender la manera como se estructuró las alianzas entre civiles y policías. En esa línea, el testimonio no tiene “ningún matiz infantil”, tal y como afirmo la Primera Instancia para no tenerlo en cuenta.
El Juez de Primera Instancia que absolvió a Santiago Uribe, en su intento de desacreditar las declaraciones de Meneses, afirmo que el testigo “incurría en contradicciones graves”. La Sala Superior afirma ahora que “algunos de los puntos considerados como contradicciones determinantes, no siempre que lo eran”. La falta de análisis de conjunto, indican los magistrados, fue lo que impidió al Juez de Primera Instancia valorar adecuadamente la coherencia entre ese testimonio y la información aportada por otros testigos.
Camilo Barrientos, un asesinado más
La defensa de Santiago Uribe afirmo en el juicio en Primera Instancia que “la muerte de Camilo Barrientos Durán, un conductor de bus asesinado en la vía que conduce de Campamento a Yarumal, se originó en un conflicto personal”. Sin embargo, ahora la Sala del Tribunal Superior valora que “ese homicidio debe entenderse dentro del patrón de actuación del grupo paramilitar y no como un episodio aislado”. Múltiples testimonios afirman que Barrientos estaba incluido en una lista de personas señaladas de ser colaboradoras de las FARC, señaladas para ser asesinadas. Barrientos tuvo conocimiento de ello, como explica el Tribunal que “el propio Camilo Barrientos acompañó una comisión municipal para averiguar por qué aparecía en el listado”.
La sentencia explica que “como conductor intermunicipal, Barrientos facilitaba la entrega de elementos de diverso orden con destino a la guerrilla”. La Sala explica que una vez que Uribe Vélez tuvo esa información “ordenó a Meneses que lo perfilara y le pidió su colaboración para que ese homicidio se llevara a cabo sin contratiempos”. La Sala explica igualmente como Santiago Uribe trató ese asunto con alias Rodrigo, hombre de su máxima confianza en el área rural de Yarumal.
La sentencia concluye que “en el caso de Camilo Barrientos también se cuenta con el testimonio de Meneses Quintero, quien como ya se relacionó, hizo parte del plan mancomunado para llevar a cabo la muerte de Camilo Barrientos y cuya preparación e iniciativa la tuvo el sindicado Uribe Vélez”.
El papel de Diego Cadena, el condenado por soborno
En el juicio que llevo a la condena de Álvaro Uribe por Soborno y Fraude Procesal, la figura de su abogángster, Diego Javier Cadena, sobrevoló todo el proceso. Ahora, igualmente en la condena a Santiago Uribe Vélez, el Tribunal Superior de Antioquia ha ordenado “compulsa de copias para que la fiscalía general de la Nación investigue a Diego Javier Cadena Ramírez, que además de sus lazos de cercanía con el expresidente Álvaro Uribe, también destaco por su claro papel de gestiones con antiguos jefes Paramilitares.
Cadena aparece en el expediente como asesor de Juan Carlos Rodríguez Agudelo o Zeus, cuando este expolicía quiso ofrecerse para rendir testimonio a favor de Uribe. Zeus terminó convertido en una figura lateral pero reveladora del caso, luego de que la Fiscalía lo investigara por falso testimonio tras entregar una versión irregular destinada a favorecer al ganadero. “El propio declarante aceptó que recibió asesoría del abogado Diego Javier Cadena Ramírez para redactar una carta dirigida al fiscal general de la Nación afirmando que tenía información acerca de la investigación que se adelantaba en contra de Santiago Uribe”.
Una y una son dos, aunque la dialéctica es capaz también de explicar que no siempre es así. Los trabajadores, la juventud, los campesinos pobres y el conjunto de los oprimidos de Colombia necesitan sobre todo que todos esos oscuros hechos vean la luz, que de una vez LA VERDAD SE EXPUESTA CLARAMENTE, que se aborde una genuina política de JUSTICIA Y REPARACION, QUE TODOS LOS CULPABLES DE LAS MASACRES, ASESINATOS Y HORRORES A LA MAYORIA DE LA SOCIEDAD SEAN CONDENADOS Y QUE CUMPLAN SUS PENAS INTEGRAMENTE.
Y todo ello debe ser así,
independientemente que entre esos condenados figuren los apellidos de los URIBE
VELEZ, de los OCHOA, de los VILLEGAS, y muchos más ilustres
delincuentes asesinos de indefensos ciudadanos.

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